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Subvención

La información que aparece en esta página es informativa. Se deben leer las bases de la convocatoria antes de solicitar la subvención.

DOP (Denominacions d’origen protegida)

Descripción de la convocatoria

La peculiaridad de la insularidad de la comunidad de las Islas Baleares, y más particularmente de la zona de la Serra de Tramuntana siendo una zona montañosa de difícil aprovechamiento terrestre y marítimo, hace necesaria una serie de medidas que incentiven el mantenimiento de la producción agraria y marítima que eviten la dejación del campesino o del pescador, y por extensión, el abandono de las tierras y del mar, hecho que pueda repercutir negativamente en la protección de la declaración como Patrimonio Mundial en la categoría de paisaje cultural.

Destinatario

Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen Protegida (DOP) agrarios o ganaderos. 

Límite subvencionable

El importe máximo subvencionable para los proyectos presentados por las DOP es de 30.000€

Solo se admitirá una solicitud por beneficiario.

El importe de las subvenciones que se concedan no puede superar, en ningún caso, de manera aislada o con concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

Requisitos

  • Disponer, como mínimo, el 90% de la producción dentro de la delimitación de la Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial
  • Llevar a cabo actividades subvencionables por la presente convocatoria

Líneas a las que optan

Esta convocatoria solo contempla una línea de subvenciones, pero incluye diferentes actuaciones:

  • Gastos íntegramente relacionados con el mantenimiento de la actividad agrícola, ganadera, marítima y forestal de la Serra de Tramunana
  • Gastos corrientes de carácter fungible o temporales:
    • Investigación, desarrollo e innovación
    • Información y promoción de productos agrarios y pesqueros
    • Formación y capacitación
    • Prevención y control de enfermedades animales y plagas vegetales
    • Fomento de la sostenibilidad, el consumo local y los productos de kilómetro cero
    • Fertilizantes, productos de alimentación animal y aparejos de pesca
  • Gastos de carácter permanente o de inversión:
    • Adquisición de maquinaria y materiales
    • Mantenimiento y restauración de elementos etnológicos vinculados al mantenimiento de la actividad agraria 
    • Inversiones en elementos, inmuebles o estructuras permanentes para el despliegue, promoción y venta de los productos agrarios o pesqueros
    • Registro de posicionamiento de productos
    • Mejora de la imagen de los productos propios
  • Gastos indirectos o de estructura de la entidad beneficiaria, ya sean estructurales o de personal, hasta un máximo equivalente al 25% del coste de la subvención a conceder.

No son subvencionables:

  • Gastos de representación
  • Funcionamiento ordinario o estructural que no esté relacionado con la actividad a subvencionar
  • Tasas, arbitrios y precios públicos
  • Los innecesarios o mal justificados

Plazo para presentar solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, contador desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB, en este caso hasta el 16 de septiembre incluido.

La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante régimen de concurrencia NO competitiva, por orden de entrada en el registro del Consorcio Serra de Tramontana, hasta agotar el total del crédito asignado para la convocatoria.

Plazo de ejecución y justificación

Plazo de ejecución: serán subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero y el 8 de noviembre de 2024.

Plazo de justificación: el beneficiario tiene que presentar las memorias una vez finalizadas las actuaciones subvencionadas. La fecha máxima de presentación será el 8 de noviembre de 2024.

El pago de las subvenciones se abonará una vez comprobado que se ha hecho la actividad, y que se han cumplido los objetivos y la finalidad por la cual se concedieron.

Solo podrán ser objeto de subvención los gastos expedidos a nombre de la entidad solicitante de la ayuda. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado, ni desproporcionado en función de los principios de economía y de relación coste-eficacia.

Para abonar las subvenciones, el beneficiario tiene que justificar la realización del proyecto subvencionado, aportante:

  • Memoria técnica. Documentación con la cual el beneficiario demuestra que ha llevado a cabo el proyecto subvencionado presentado. 
  • Memoria económica, donde se relacionan los gastos derivados de la ejecución del proyecto.

Presentación de solicitudes

La solicitud se tiene que formalizar en la sede electrónica del Consorcio Serra de Tramuntana con la siguiente documentación:

  • Anexo I - Solicitud firmada y acompañada de:
    • Copia cotejada del CIF de la entidad.
    • Original o copia cotejada de la escritura de constitución o de modificación de los estatutos o reglamento interno de funcionamiento, si procede, inscritos en el registro correspondiente.
    • Copia cotejada del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
    • Relación certificada del representante de la entidad que desglose el número de socios y/o asociados con su nombre, linajes y número de NIF/CIF.
    • Si procede, denegación exprés de la autorización para consultar telemáticamente datos de la AEAT y de la TGSS, así como de consulta del Registro de Cooperativas de las Islas Baleares y del Registro Interinsular Agrario (RIA).
    • Proyecto de la actuación: memoria explicativa de la actuación y presupuesto detallado por partidas o conceptos. Ambos documentos tienen que estar datados y firmados por la persona representando de la entidad.
  • Anexo II - Declaración responsable firmada por el representante legal de no estar sometido a ninguno de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario 
  • Anexo III - Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal 
  • Anexo IV - Documento de designación de cuenta bancaria 
  • Proyecto de la actuación donde figuren, como mínimo, las finalidades que se persiguen, desarrollo detallado de los objetivos específicos, las actividades con indicación del lugar donde se realizarán, recursos que se usarán, repercusión en los socios y/o asociados, y cualquier otro elemento que contribuya a definir mejor el proyecto.
  • Presupuesto completo y detallado de las actuaciones para las cuales se pide subvención, en el cual figuren todos los gastos y los ingresos previstos. El presupuesto se tiene que desglosar por actuaciones y por conceptos de gasto.

Información relacionada

Consorcio Serra de Tamuntana

Contacto

General Riera, 113, Palma

(+34) 971 219 735

serradetramuntana@conselldemallorca.net

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